La interposición de un recurso administrativo improcedente no interrumpe el plazo legal para impugnar la resolución que puso fin al procedimiento.
Se analiza si la interposición de un recurso administrativo, declarado improcedente por la autoridad fiscal, interrumpe el plazo para impugnar la resolución original que impuso una multa. El tribunal determina que si el contribuyente no ataca las consideraciones por las cuales se declaró improcedente el recurso, sino que se enfoca en la ilegalidad de la multa original, el plazo legal para impugnarla no se interrumpe por la interposición del recurso improcedente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.