La suspensión automática de los derechos laborales de un trabajador por el simple dictado de un auto de formal prisión, sin considerar la efectiva privación de libertad, es desproporcional y viola el principio de culpabilidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la proporcionalidad de una norma que suspende automáticamente los derechos laborales de un trabajador al dictarse un auto de formal prisión. El Tribunal determina que esta medida es desproporcionada y menos restrictiva de los derechos, ya que existen otros medios menos gravosos para lograr la finalidad de la norma. Además, señala que la suspensión automática, sin importar la efectiva privación de libertad, viola el principio de culpabilidad, pues solo se puede imputar al trabajador la conducta que efectivamente cometió o permitió.
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