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100/2024-CANiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La controversia constitucional es improcedente cuando se combate el sentido de una resolución judicial, y no la incompetencia del tribunal para emitirla.

Expediente
100/2024-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
27 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La controversia constitucional es improcedente cuando se combate el sentido de una resolución judicial, y no la incompetencia del tribunal para emitirla.

Resumen

Se determina la improcedencia de una controversia constitucional promovida por un Municipio. El Municipio alegaba incompetencia de las Salas Regional y Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para pronunciarse sobre la asignación presupuestal. Sin embargo, se concluye que la inconformidad del Municipio no se refiere a una verdadera cuestión de competencia, sino al sentido de la resolución que le fue desfavorable, lo cual no es materia de controversia constitucional según la jurisprudencia aplicable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.