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106/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo indirecto procede ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y subsiste el problema de constitucionalidad en la revisión, o cuando la sentencia establece la interpretación directa de un precepto constitucional y dicho problema persiste.

Expediente
106/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
27 nov 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo indirecto procede ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y subsiste el problema de constitucionalidad en la revisión, o cuando la sentencia establece la interpretación directa de un precepto constitucional y dicho problema persiste.

Resumen

El presente extracto define la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer del recurso de revisión en amparo indirecto. Se establece que dicho recurso es procedente cuando se impugnan normas generales por considerarlas inconstitucionales y el tema de constitucionalidad persiste en la revisión, o bien, cuando la sentencia de amparo implica la interpretación directa de un precepto constitucional y este aspecto sigue siendo materia de debate en la instancia revisora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.