El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo indirecto procede ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando se impugnan normas generales por inconstitucionales y subsiste el problema de constitucionalidad en la revisión, o cuando la sentencia establece la interpretación directa de un precepto constitucional y dicho problema persiste.
El presente extracto define la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer del recurso de revisión en amparo indirecto. Se establece que dicho recurso es procedente cuando se impugnan normas generales por considerarlas inconstitucionales y el tema de constitucionalidad persiste en la revisión, o bien, cuando la sentencia de amparo implica la interpretación directa de un precepto constitucional y este aspecto sigue siendo materia de debate en la instancia revisora.
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