La invalidez parcial de un decreto que establece la cobertura de pensiones y jubilaciones se declara cuando la porción normativa que asigna la responsabilidad de pago al Poder Judicial local, con cargo a partidas presupuestales específicas, resulta insuficiente para cubrir las obligaciones, y el Poder Ejecutivo no puede ser considerado patrón sustituto o solidario.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez parcial del artículo 2º de un decreto relativo al presupuesto del Poder Judicial del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2023. La invalidez se centró en la porción normativa que asignaba la cobertura de pensiones y jubilaciones al Poder Judicial local, con cargo a partidas presupuestales específicas. Se determinó que dicha asignación era insuficiente para cubrir las obligaciones, y que el Poder Ejecutivo no era patrón sustituto o solidario, lo que llevó a la declaratoria de invalidez para garantizar el cumplimiento de dichas prestaciones.
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