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520/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído

Se declaró infundado el recurso de queja, dado que los quejosos (recurrentes) en su calidad de alumnos de un plantel educativo, carecen de interés jurídico para reclamar la orden de lanzamiento y la omisión de ordenar el cumplimiento sustituto de una sentencia derivados de un juicio civil instaurado contra el referido centro escolar; por lo que se actualiza de manera indudable y manifiesta la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los artículos 5, fracción I y 6, de la Ley de Amparo.

Expediente
520/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Juan Carlos Hinojosa Zamora
Fecha
21 may 2026
Materia
civil
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se declaró infundado el recurso de queja, dado que los quejosos (recurrentes) en su calidad de alumnos de un plantel educativo, carecen de interés jurídico para reclamar la orden de lanzamiento y la omisión de ordenar el cumplimiento sustituto de una sentencia derivados de un juicio civil instaurado contra el referido centro escolar; por lo que se actualiza de manera indudable y manifiesta la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los artículos 5, fracción I y 6, de la Ley de Amparo.

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