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SJF · Tesis

La caducidad se define como la extinción de la instancia por inactividad procesal de las partes o por la inacción del titular durante un tiempo prefijado, sin necesidad de oposición del obligado, a diferencia de la prescripción que requiere dicha oposición.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1959
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad se define como la extinción de la instancia por inactividad procesal de las partes o por la inacción del titular durante un tiempo prefijado, sin necesidad de oposición del obligado, a diferencia de la prescripción que requiere dicha oposición.

Resumen

El presente extracto define la caducidad como la pérdida de un derecho o instancia debido a la inactividad de las partes o del titular dentro de un plazo legalmente establecido. Se distingue de la prescripción, la cual, si bien también implica inacción, requiere la manifestación de voluntad del obligado mediante una excepción para operar.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.