La garantía de exacta aplicación de la ley, las formalidades esenciales del procedimiento y la seguridad jurídica se violan cuando un tribunal absuelve de la suspensión para conducir un vehículo basándose en el argumento de que dicha suspensión vulnera el derecho fundamental a un trabajo lícito.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la violación a diversas garantías constitucionales por parte de un tribunal de alzada. Se determinó que la absolución del pago de la reparación del daño material, incluyendo lucro cesante y daño emergente, transgrede el debido proceso, la seguridad jurídica y el principio de inmediación. Asimismo, se considera que la suspensión para conducir un vehículo no puede ser motivo de absolución basándose en el derecho al trabajo lícito, ya que esto contraviene la exacta aplicación de la ley y las formalidades del procedimiento.
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