La omisión legislativa de establecer un órgano jerárquicamente superior para resolver el recurso de apelación en materia de responsabilidades administrativas de servidores públicos, vulnera el derecho a la doble instancia.
El municipio actor argumenta una omisión legislativa relativa en la Ley de Justicia Administrativa para el Estado y Municipios de Nuevo León, específicamente en la regulación del recurso de apelación. Sostiene que la norma, al permitir que la misma sala especializada resuelva las apelaciones contra sus propias resoluciones, genera inseguridad jurídica y no garantiza el derecho a la doble instancia. La Suprema Corte analiza si la legislatura local cumplió con su obligación de armonizar la ley estatal con la general en materia de responsabilidades administrativas, concluyendo que la omisión de designar un tribunal de alzada vulnera el derecho fundamental a la doble instancia.
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