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227/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído

Le asiste la razón por cuanto refiere que, atendiendo el principio de realidad, sí existe un registro dentro de los archivos del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lo que no solo presume la existencia de la relación laboral, sino que su representada enteró las cuotas obrero-patronales. En efecto, como ya quedó evidenciado, del informe rendido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se avizora que respecto del actor se realizaron aportaciones del 5% al fondo de ahorro por parte de Comisión Federal de Electricidad en el año de mil novecientos ochenta por seis bimestres, mientras que en el año de mil novecientos ochenta y uno durante cuatro bimestres. Por tanto, no debió ser condenada la Comisión Federal de Electricidad a inscribir al actor, en forma retroactiva, únicamente respecto de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), ya que implicaría un doble pago.

Expediente
227/2024
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Óscar García Vega
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Le asiste la razón por cuanto refiere que, atendiendo el principio de realidad, sí existe un registro dentro de los archivos del Instituto Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, lo que no solo presume la existencia de la relación laboral, sino que su representada enteró las cuotas obrero-patronales. En efecto, como ya quedó evidenciado, del informe rendido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, se avizora que respecto del actor se realizaron aportaciones del 5% al fondo de ahorro por parte de Comisión Federal de Electricidad en el año de mil novecientos ochenta por seis bimestres, mientras que en el año de mil novecientos ochenta y uno durante cuatro bimestres. Por tanto, no debió ser condenada la Comisión Federal de Electricidad a inscribir al actor, en forma retroactiva, únicamente respecto de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), ya que implicaría un doble pago.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.