La procedencia del recurso de revisión fiscal tratándose de resoluciones favorables al particular en materia de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se actualiza al encontrarse surtidos los requisitos de importancia y trascendencia, al ser de interés social la prestación óptima de los servicios públicos.
El presente criterio establece la procedencia del recurso de revisión fiscal cuando las resoluciones del Tribunal Fiscal de la Federación son favorables al particular en asuntos relacionados con la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Se fundamenta en las reformas al artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, que amplían la procedencia de dicho recurso, y en la importancia y trascendencia que reviste la correcta actuación de los servidores públicos para el interés social y la eficiencia del Estado.
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