La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al existir jurisprudencia robusta y suficiente sobre la constitucionalidad de las normas impugnadas, remite los autos al Tribunal Colegiado de Circuito competente para resolver el recurso de revisión.
El Tribunal Colegiado de Circuito remitió los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación por subsistir un problema de constitucionalidad respecto de diversos artículos del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. Sin embargo, la Segunda Sala de la SCJN determinó que, al existir cinco precedentes emitidos por ella misma que ya analizaron la constitucionalidad de dichas normas y trazaron una línea jurisprudencial suficiente, la competencia para resolver el recurso de revisión corresponde al Tribunal Colegiado de Circuito.
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