La supresión de un tipo penal por abrogación de la ley que lo complementa, como el Impuesto Empresarial a Tasa Única, extingue la acción penal por inexistencia del delito, al actualizarse la causa de extinción de la acción penal denominada "Supresión del tipo penal".
El Tribunal Unitario del Décimo Cuarto Circuito modificó el auto de formal prisión dictado contra Jorge Alberto Álvarez Balam por el delito de defraudación fiscal, específicamente por la omisión de pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única. El tribunal determinó que, al haber sido abrogada la ley que establecía dicho impuesto a partir del 1 de enero de 2014, la conducta dejó de ser delictiva, actualizándose la causa de extinción de la acción penal por supresión del tipo penal. Por lo tanto, se decretó auto de libertad y sobreseimiento de la causa respecto a ese delito, aunque se continuó el análisis por la omisión del Impuesto al Valor Agregado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.