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SJF · Tesis

La materia fiscal, para efectos del juicio de nulidad, se constriñe a los asuntos relacionados con la recaudación de impuestos o multas por infracción a las leyes tributarias, y no abarca, en sentido lato, todo lo concerniente a los egresos.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1944
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La materia fiscal, para efectos del juicio de nulidad, se constriñe a los asuntos relacionados con la recaudación de impuestos o multas por infracción a las leyes tributarias, y no abarca, en sentido lato, todo lo concerniente a los egresos.

Resumen

La fracción II del artículo 160 del Código Fiscal de la Federación faculta a impugnar, en juicio de nulidad, resoluciones que establezcan responsabilidades administrativas en materia fiscal. Sin embargo, el presente caso no se actualiza dicha hipótesis, pues la resolución que determinó la responsabilidad administrativa del quejoso no versó sobre la recaudación de impuestos o multas tributarias, sino sobre infracciones a un decreto presidencial que regulaba el precio de un producto. Por lo tanto, el quejoso careció de acción para acudir al Tribunal Fiscal.

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