La falta de interés jurídico o legítimo impide la impugnación de actos relacionados con cargos en los que el promovente no participó.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la actora carece de interés jurídico y legítimo para impugnar actos relativos a las magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dado que no contendió en la elección correspondiente. Por lo tanto, no se le puede dar la razón en su inconformidad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.