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SJF · Tesis

La caducidad de la instancia es improcedente en el incidente de reducción de pensión alimenticia, al ser una cuestión accesoria que sigue la suerte del juicio principal de alimentos, en el cual la ley prohíbe decretarla.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 sep 2023
Materia
civil
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de la instancia es improcedente en el incidente de reducción de pensión alimenticia, al ser una cuestión accesoria que sigue la suerte del juicio principal de alimentos, en el cual la ley prohíbe decretarla.

Resumen

El deudor alimentario promovió un incidente de reducción de pensión provisional en un juicio de alimentos. Ante la inactividad procesal, se decretó la caducidad del incidente. El Tribunal Colegiado determinó que es improcedente decretar la caducidad de la instancia en este tipo de incidentes, ya que al ser una cuestión accesoria al juicio principal de alimentos, y dado que la ley prohíbe la caducidad en dichos juicios, tampoco procede en el incidente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.