La facultad de los municipios para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo y otorgar licencias o permisos para construcciones, reconocida en el artículo 115, fracción V, inciso d), de la Constitución Federal, está limitada por las regulaciones jurídicas federales en materias reservadas a la Federación, como los hidrocarburos y la energía eléctrica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la facultad de los municipios para otorgar licencias y permisos de construcción, reconociendo que esta competencia, si bien constitucional, se encuentra limitada por la normatividad federal en materias reservadas a la Federación. En el caso específico, se determinó que las disposiciones impugnadas excedían los supuestos permitidos para el cobro de prestaciones por parte de la autoridad municipal, al gravar materias de exclusiva competencia federal como los hidrocarburos y la energía eléctrica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.