La sentencia que carece de exhaustividad es aquella en la que no se examinan la totalidad de los conceptos de anulación, lo cual contraviene el artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
El tribunal concede el amparo a la parte quejosa contra una sentencia dictada por la Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La concesión se fundamenta en que la sentencia reclamada carece de exhaustividad, al no haber analizado todos los conceptos de anulación planteados por la parte actora, lo cual es una violación directa al artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
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