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SJF · Tesis

La notificación de la ampliación del plazo para concluir una visita domiciliaria debe hacerse constar en un acta circunstanciada, firmada por dos testigos y levantada en la fecha en que se realice la notificación.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2005
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación de la ampliación del plazo para concluir una visita domiciliaria debe hacerse constar en un acta circunstanciada, firmada por dos testigos y levantada en la fecha en que se realice la notificación.

Resumen

La notificación de la ampliación del plazo para concluir una visita domiciliaria debe cumplir con formalidades específicas para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente. El acta circunstanciada que documente esta notificación debe ser firmada por dos testigos y levantada en la misma fecha en que se realiza la notificación, no en una posterior. El incumplimiento de estos requisitos puede afectar la eficacia probatoria del acta.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.