El interés legal y el factor de actualización deben calcularse a partir de la resolución del procedimiento hasta el pago, conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
Se concedió el amparo directo en el expediente 11/2024. La parte quejosa alegó que la Sala responsable cuantificó incorrectamente la indemnización por daños personales, utilizando salarios mínimos en lugar de unidades de medida y actualización, y basándose en preceptos declarados inconstitucionales. La Suprema Corte determinó que el interés legal y el factor de actualización deben calcularse conforme al artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde la resolución del procedimiento hasta el pago efectivo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.