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SJF · Tesis

Las notificaciones relativas a las visitas de inspección y a los procedimientos para imponer sanciones derivadas de ellas, pueden practicarse válidamente en la matriz, sucursal o agencia de la empresa, en virtud de que el concepto de establecimiento abarca a todas estas unidades técnicas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1974
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las notificaciones relativas a las visitas de inspección y a los procedimientos para imponer sanciones derivadas de ellas, pueden practicarse válidamente en la matriz, sucursal o agencia de la empresa, en virtud de que el concepto de establecimiento abarca a todas estas unidades técnicas.

Resumen

El Tribunal determinó que las notificaciones relacionadas con las visitas de inspección y los procedimientos sancionatorios derivados de estas, son válidas si se realizan en la matriz, sucursal o agencia de la empresa. Esto se fundamenta en que el concepto de "establecimiento" para efectos de la Ley Federal del Trabajo incluye a todas estas unidades técnicas, permitiendo así la vigilancia del cumplimiento de la ley en cualquiera de ellas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.