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15/2018 Y SU ACUMULADA 17/2018OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la tipificación y sanción del delito de secuestro, así como de los delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, corresponden exclusivamente a la Federación, en virtud de las facultades conferidas al Congreso de la Unión por el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que impide a las legislaturas estatales legislar en estas materias.

Expediente
15/2018 Y SU ACUMULADA 17/2018
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 sep 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la tipificación y sanción del delito de secuestro, así como de los delitos de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes, corresponden exclusivamente a la Federación, en virtud de las facultades conferidas al Congreso de la Unión por el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, lo que impide a las legislaturas estatales legislar en estas materias.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida contra diversos artículos del Código Penal de Veracruz relacionados con el secuestro y los delitos de tortura. Se determinó que el artículo 42, fracción I, inciso b), que remite a los artículos 163 a 167 para la responsabilidad de personas jurídicas en el delito de secuestro, invade la esfera de competencia exclusiva del Congreso de la Unión. Asimismo, se consideró inconstitucional el artículo 318, fracciones VIII y XVIII, que tipifican conductas de tortura y tratos crueles como parte del delito de abuso de autoridad, ya que esta materia también es de competencia exclusiva federal. Por lo tanto, se invalidaron los preceptos impugnados por contravenir el artículo 73, fracción XXI, de la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.