Los agravios en la revisión deben estar en relación directa e inmediata con los fundamentos y consideraciones de la sentencia recurrida, sin introducir cuestiones ajenas a la materia del fallo.
El presente criterio establece que los agravios formulados en un recurso de revisión deben vincularse directamente con los fundamentos y consideraciones expuestos en la sentencia impugnada. Se enfatiza que los agravios deben no solo citar las disposiciones legales infringidas y su concepto, sino también demostrar la concordancia entre estas y las consideraciones del fallo, a fin de evitar la introducción de cuestiones nuevas que excedan la materia de la revisión.
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