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2422/26-06-04-6ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA

La nulidad de una boleta de infracción debe declararse lisa y llana cuando el servidor público que la emite no se identifica plenamente, pues la falta de identificación es un vicio formal que afecta la seguridad jurídica y no puede subsanarse posteriormente.

Expediente
2422/26-06-04-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
18 sep 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad de una boleta de infracción debe declararse lisa y llana cuando el servidor público que la emite no se identifica plenamente, pues la falta de identificación es un vicio formal que afecta la seguridad jurídica y no puede subsanarse posteriormente.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por un elemento de la Guardia Nacional. La nulidad se fundamentó en que el servidor público no se identificó debidamente ante el conductor, incumpliendo los requisitos de identificación establecidos en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley de la Guardia Nacional. Al ser un vicio formal que afecta la seguridad jurídica y no puede subsanarse en el mismo expediente, se declaró la nulidad de forma lisa y llana.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.