El proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, publicado el 9 de diciembre de 2013 y su reforma del 18 de noviembre de 2015, es inconstitucional en cuanto a que la sola omisión de la parte quejosa de ejercer su derecho de prueba en la revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de la preliquidación mediante el procedimiento administrativo de ejecución.
El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio respecto de la aplicación de diversas disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas, al considerar que los actos reclamados a autoridades ejecutoras y legislativas no eran los idóneos para el análisis de constitucionalidad. Sin embargo, negó el amparo respecto de varios artículos del Código Fiscal de la Federación y reglamentos, pero concedió la protección constitucional en relación con el proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, al estimar que la omisión de la quejosa de ofrecer pruebas en la revisión electrónica no justifica el cobro de la preliquidación por la vía de ejecución.
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