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781/2017TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito

La procedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando se invocan las causales de improcedencia previstas en la ley, sin que sea necesario que el contribuyente demuestre la existencia de un saldo a favor para solicitar la devolución del Impuesto Sobre la Renta.

Expediente
781/2017
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Irineo Lizárraga Velarde
Fecha
5 abr 2018
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La procedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando se invocan las causales de improcedencia previstas en la ley, sin que sea necesario que el contribuyente demuestre la existencia de un saldo a favor para solicitar la devolución del Impuesto Sobre la Renta.

Resumen

El tribunal declara infundado el recurso de revisión adhesiva al determinar que sí es procedente el recurso de revisión fiscal conforme al artículo 63, fracción III, inciso a), de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Asimismo, desestima los agravios de la revisión principal, reiterando que para la devolución de saldos a favor del ISR, basta la existencia del saldo y la presentación de la declaración correspondiente, ya sea por el retenedor o el contribuyente, según lo establece el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y la jurisprudencia aplicable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.