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90/26-03-02-9ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora de un acto de molestia, al omitir citar los preceptos legales específicos que delimitan su ámbito de actuación, vulnera las garantías de legalidad y seguridad jurídica del gobernado.

Expediente
90/26-03-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora de un acto de molestia, al omitir citar los preceptos legales específicos que delimitan su ámbito de actuación, vulnera las garantías de legalidad y seguridad jurídica del gobernado.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una boleta de infracción emitida por un Guardia Nacional al considerar que la autoridad no fundó debidamente su competencia territorial. Se determinó que la autoridad omitió citar los artículos específicos del Acuerdo que establecen las circunscripciones territoriales de las Coordinaciones Estatales de la Policía Federal, lo cual es esencial para que el particular conozca el ámbito de actuación de la autoridad y pueda ejercer su defensa, vulnerando así las garantías de legalidad y seguridad jurídica consagradas en los artículos 16 Constitucional y 3 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.