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SJF · Tesis

La nulidad de la multa impuesta por omisión en el pago de un impuesto procede cuando se demuestra, a través de prueba idónea, que no existió tal omisión, sino un pago en exceso del tributo.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1968
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La nulidad de la multa impuesta por omisión en el pago de un impuesto procede cuando se demuestra, a través de prueba idónea, que no existió tal omisión, sino un pago en exceso del tributo.

Resumen

Se establece que si una autoridad fiscal impone una multa por omisión en el pago de un impuesto, y posteriormente se demuestra en el juicio contencioso administrativo que no solo no hubo omisión sino un pago en exceso, procede declarar la nulidad de la multa. Esto se fundamenta en que la base de la sanción fiscal desaparece al acreditarse el pago correcto o superior al adeudado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.