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3/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

SUSPENSIÓN PROVISIONAL Los agravios hechos valer por las autoridades recurrentes se estiman infundados e inoperantes, el juez valoró correctamente las pruebas, la suspensión provisional fue concedida conforme a derecho. La quejosa ya era derecho al ser derechohabiente del instituto, lo que acreditó con documentales. Es una obligación del Estado proporcionar la atención médica conforme al derecho a la protección y disfrute del más alto nivel posible de salud hasta el máximo de recursos disponibles. El juez no incorporó a la quejosa a un régimen administrativo distinto, sino que únicamente utilizó el esquema IMSS-Bienestar como marco institucional para garantizar de manera provisional la continuidad de la atención médica y el suministro de medicamentos.

Expediente
3/2026
Tribunal
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Juan Carlos Guzmán Rosas
Fecha
5 ene 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

SUSPENSIÓN PROVISIONAL Los agravios hechos valer por las autoridades recurrentes se estiman infundados e inoperantes, el juez valoró correctamente las pruebas, la suspensión provisional fue concedida conforme a derecho. La quejosa ya era derecho al ser derechohabiente del instituto, lo que acreditó con documentales. Es una obligación del Estado proporcionar la atención médica conforme al derecho a la protección y disfrute del más alto nivel posible de salud hasta el máximo de recursos disponibles. El juez no incorporó a la quejosa a un régimen administrativo distinto, sino que únicamente utilizó el esquema IMSS-Bienestar como marco institucional para garantizar de manera provisional la continuidad de la atención médica y el suministro de medicamentos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.