Las manifestaciones emitidas por el causante ante la autoridad fiscal, fuera del juicio tributario, sólo son aptas para engendrar una presunción, no para tener la eficacia probatoria de una confesión procesal.
Se determina que las declaraciones fiscales realizadas por un contribuyente fuera de un juicio no tienen el mismo valor probatorio que una confesión judicial. Estas manifestaciones, aunque pueden ser indicios, no constituyen por sí solas una prueba plena en un litigio fiscal, debido a que las reglas para la confesión procesal, contenidas en el Código Federal de Procedimientos Civiles y aplicadas supletoriamente al Código Fiscal de la Federación, no se cumplen en dichos supuestos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.