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348/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito· tema sin holding extraído

Se niega el amparo solicitado toda vez que contrario a lo que sostiene el quejoso la Sala responsable sí analizó los argumentos que hizo valer en el juicio de nulidad, además de que en el caso no se pasaron por alto las jurisprudencias 2a./J. 157/2015 (10a.) y 2a./J. 82/2009, que disponen la obligación para el notificador, de asentar datos como las características del inmueble u oficina, que el tercero se encontraba en el interior, que éste abrió la puerta o que atiende la oficina u otros datos diversos, cuando quien atiende la diligencia de notificación no se identifica.

Expediente
348/2025
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Pedro Olmos Alvarado
Fecha
27 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se niega el amparo solicitado toda vez que contrario a lo que sostiene el quejoso la Sala responsable sí analizó los argumentos que hizo valer en el juicio de nulidad, además de que en el caso no se pasaron por alto las jurisprudencias 2a./J. 157/2015 (10a.) y 2a./J. 82/2009, que disponen la obligación para el notificador, de asentar datos como las características del inmueble u oficina, que el tercero se encontraba en el interior, que éste abrió la puerta o que atiende la oficina u otros datos diversos, cuando quien atiende la diligencia de notificación no se identifica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.