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60/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito

La interpretación de la regla 2.1.6, fracción IV, de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, debe armonizarse con el artículo 13 del Código Fiscal de la Federación, para determinar la validez de los días inhábiles señalados por las autoridades fiscales coordinadas.

Expediente
60/2021
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Diógenes Cruz Figueroa
Fecha
27 oct 2021
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La interpretación de la regla 2.1.6, fracción IV, de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, debe armonizarse con el artículo 13 del Código Fiscal de la Federación, para determinar la validez de los días inhábiles señalados por las autoridades fiscales coordinadas.

Resumen

El presente asunto versa sobre la validez de los días inhábiles establecidos en la regla 2.1.6, fracción IV, de la RMF para 2017, por parte de autoridades fiscales coordinadas. El tribunal determinó que la interpretación de dicha regla debe ser armónica con el artículo 13 del CFF. En este caso particular, se concedió el amparo a la sucesión testamentaria para los efectos precisados en la ejecutoria, al considerar que la sala de origen no analizó la cuestión efectivamente planteada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.