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3906/2024Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Oaxaca

La condena al pago de intereses ordinarios y moratorios, así como del Impuesto al Valor Agregado sobre los primeros, debe cuantificarse en la etapa de liquidación de sentencia, previo el trámite del incidente respectivo.

Expediente
3906/2024
Tribunal
Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Oaxaca
Ponente
Guadalupe Servando Quiroz Ayuso
Fecha
22 may 2026
Materia
mercantil
Sentido

Holding · resolución sintética

La condena al pago de intereses ordinarios y moratorios, así como del Impuesto al Valor Agregado sobre los primeros, debe cuantificarse en la etapa de liquidación de sentencia, previo el trámite del incidente respectivo.

Resumen

El Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el Estado de Oaxaca resolvió un juicio ejecutivo mercantil. La parte actora probó su acción, mientras que la demandada, al constituirse en rebeldía, no compareció. Se condenó a la demandada al pago de la suerte principal, intereses ordinarios y moratorios, y el IVA correspondiente sobre dichos intereses. Sin embargo, se absolvió a la demandada del pago de costas judiciales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.