La regla de carácter general que contraviene o excede lo dispuesto en una ley formalmente expedida por el Poder Legislativo, es inconstitucional por contravenir el principio de primacía de la ley.
La regla 5.2.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2000, al limitar el derecho de los contribuyentes a la devolución de saldos a favor, contraviene los artículos 22 del Código Fiscal de la Federación y 6o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Dicha regla excede los límites de las leyes fiscales, violando el principio de primacía de la ley reconocido en el artículo 72, inciso F), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que las leyes fiscales no pueden ser modificadas por normas de carácter general emitidas por un órgano distinto al Legislativo.
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