La prueba pericial en materia fiscal es admisible en los juicios de nulidad promovidos ante el Tribunal Fiscal de la Federación.
Se establece la admisibilidad de la prueba pericial en materia fiscal dentro de los juicios de nulidad ante el Tribunal Fiscal de la Federación. El caso revisa la procedencia de dicha prueba, confirmando que es un medio válido para esclarecer cuestiones técnicas y complejas de índole fiscal, siempre que se cumplan los requisitos legales para su ofrecimiento y desahogo.
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