La inconstitucionalidad de una norma de la Ley de Ingresos de la Federación, al no ser una norma de carácter general, no puede ser analizada en el juicio de amparo indirecto, sino que debe ser impugnada a través del juicio contencioso administrativo federal.
El presente asunto deriva de un juicio de nulidad promovido por una sociedad de producción rural en contra de una resolución del SAT que tuvo por desistida su solicitud de devolución de saldo a favor. La recurrente alegó la inconstitucionalidad del artículo 16, apartado A, fracción III, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil veintidós, argumentando una incorrecta interpretación y aplicación de dicho precepto y de la Resolución Miscelánea Fiscal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la inconstitucionalidad de la Ley de Ingresos de la Federación no puede ser analizada en amparo indirecto, sino que debe ser impugnada a través del juicio contencioso administrativo federal.
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