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SJF · Tesis

El crédito al salario, al generar cargas y derechos para los patrones, constituye una norma sustantiva, por lo que su devolución debe regirse por las disposiciones vigentes al momento en que se generó el saldo a favor.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 jun 2004
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El crédito al salario, al generar cargas y derechos para los patrones, constituye una norma sustantiva, por lo que su devolución debe regirse por las disposiciones vigentes al momento en que se generó el saldo a favor.

Resumen

El crédito al salario, aunque no sea una contribución, genera cargas y derechos para los patrones, lo que lo cataloga como una norma sustantiva. Por lo tanto, la devolución de saldos a favor derivados de este crédito debe sujetarse a las leyes vigentes al momento en que se originó dicho saldo, incluyendo las reglas de la miscelánea fiscal aplicables en ese periodo, en beneficio del gobernado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.