La omisión de las entidades federativas de ministrar puntualmente las participaciones federales a los municipios, así como el retraso en la entrega de apoyos derivados de fideicomisos, vulneran la autonomía financiera municipal y el sistema de coordinación fiscal, al impedir a los municipios atender sus necesidades de gasto y cumplir con sus obligaciones constitucionales.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una controversia constitucional promovida por el Municipio de Chontla contra el Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz por la omisión en la entrega de participaciones federales y apoyos de fideicomiso. La Sala determinó que la falta de ministración oportuna de estos recursos, así como el retraso en la entrega de apoyos fiduciarios, contravienen la autonomía financiera municipal garantizada por el artículo 115 constitucional y el sistema de coordinación fiscal. Sin embargo, se declaró la improcedencia del reclamo de intereses por pagos atrasados desde 2005 hasta julio de 2016, al considerarse extemporáneo.
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