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670/2024ConcedeSCJNConcede parcial11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La responsabilidad patrimonial del Estado se configura cuando se acreditan la actividad administrativa irregular, el daño y el nexo causal entre ambos, sin que sea necesario demostrar la ilicitud o contravención a la ley de dicha actividad.

Expediente
670/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
25 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La responsabilidad patrimonial del Estado se configura cuando se acreditan la actividad administrativa irregular, el daño y el nexo causal entre ambos, sin que sea necesario demostrar la ilicitud o contravención a la ley de dicha actividad.

Resumen

El caso aborda la reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado interpuesta por un particular contra la Fiscalía General de la República. El actor buscaba una indemnización por presuntos daños derivados de una actividad administrativa irregular. El Tribunal determinó que para configurar la responsabilidad patrimonial del Estado, es suficiente acreditar la actividad administrativa irregular, el daño y el nexo causal, sin necesidad de demostrar la ilicitud de la actividad. Se citan tesis relevantes sobre la responsabilidad patrimonial del Estado y la actuación del Ministerio Público.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.