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326/26-30-01-3ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Aguascalientes

La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando el elemento de la Guardia Nacional que la emite omite identificarse debidamente, al no asentar en el acto el nombre y cargo de quien expidió su credencial, incumpliendo así las formalidades exigidas por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Expediente
326/26-30-01-3
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
29 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando el elemento de la Guardia Nacional que la emite omite identificarse debidamente, al no asentar en el acto el nombre y cargo de quien expidió su credencial, incumpliendo así las formalidades exigidas por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Resumen

La Sala Regional determinó que la boleta de infracción emitida por un elemento de la Guardia Nacional era nula. Esto se debió a que el elemento no se identificó correctamente, omitiendo señalar el nombre y cargo de quien expidió su credencial, lo cual contraviene el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. La Sala también consideró infundadas las causales de improcedencia y sobreseimiento planteadas por la autoridad, al determinar que la demanda fue presentada en tiempo y que la actora sí tenía interés jurídico para impugnar la multa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.