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213/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito

El artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2019, es autoaplicativo para efectos de su impugnación en amparo, pues con su sola entrada en vigor impidió la compensación de saldos a favor de impuesto al valor agregado en términos amplios, limitándola a adeudos propios y respecto al mismo impuesto, lo cual afecta los intereses de sus destinatarios.

Expediente
213/2019
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Juan José Rosales Sánchez
Fecha
29 jun 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio 2019, es autoaplicativo para efectos de su impugnación en amparo, pues con su sola entrada en vigor impidió la compensación de saldos a favor de impuesto al valor agregado en términos amplios, limitándola a adeudos propios y respecto al mismo impuesto, lo cual afecta los intereses de sus destinatarios.

Resumen

El Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito determinó que el artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, es autoaplicativo y, por ende, impugnable en amparo. La norma limitó la compensación de saldos a favor de IVA, permitiéndola solo contra adeudos propios y del mismo impuesto, lo que constituye una afectación directa a los contribuyentes. En consecuencia, el tribunal revocó el sobreseimiento y negó el amparo solicitado contra dicha disposición.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.