La Suprema Corte de Justicia de la Nación debe resolver las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad con base en las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su defecto, en el Código Federal de Procedimientos Civiles.
El presente extracto corresponde a la resolución de un expediente en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se indica que la Corte conocerá y resolverá controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad conforme a lo establecido en el Título I de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y supletoriamente, por el Código Federal de Procedimientos Civiles, en términos de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.