La Suprema Corte de Justicia de la Nación, de oficio o a petición fundada de los órganos legitimados, puede conocer de asuntos en amparo en revisión que por su interés y trascendencia así lo ameriten.
El extracto refiere a la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de amparos en revisión que por su interés y trascendencia así lo ameriten, de oficio o a petición de partes legitimadas como el Tribunal Colegiado de Circuito, el Fiscal General de la República o el Ejecutivo Federal. Aunque el texto es fragmentario, se infiere que la Corte ejerce esta facultad para atraer asuntos de gran relevancia jurídica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.