La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando la autoridad emisora omite fundar debidamente su competencia territorial, al no citar los preceptos legales que delimitan su ámbito geográfico de actuación.
La Sala Regional en Querétaro declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La nulidad se decretó porque la autoridad no fundó adecuadamente su competencia territorial, al no citar las normas que especifican el área geográfica donde los elementos de la Guardia Nacional pueden ejercer sus atribuciones. Esta omisión genera inseguridad jurídica para el gobernado, al impedirle verificar si la actuación de la autoridad se ajusta a derecho.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.