La nulidad de la resolución que determinó un crédito fiscal por omisión de aportaciones patronales procede cuando la empresa demandante demuestra que otorga a sus trabajadores prestaciones de vivienda superiores a las establecidas en la Ley Federal del Trabajo, conforme a su contrato colectivo, liberándola de la obligación de realizar dichas aportaciones al INFONAVIT.
La Segunda Sala Regional en Jalisco del TFJA declaró la nulidad de una resolución del INFONAVIT que determinó un crédito fiscal por omisión de aportaciones patronales. La Sala determinó que la empresa actora no estaba obligada a realizar dichas aportaciones, ya que su contrato colectivo de trabajo establecía prestaciones de vivienda (renta de casa y fondo de habitación) que superaban los mínimos legales, cumpliendo así con su obligación de proporcionar vivienda a sus trabajadores y eximiéndola del pago al INFONAVIT.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.