El interés jurídico del propietario de un vehículo para impugnar una boleta de infracción se actualiza al aparecer sus datos en el documento, independientemente de si se le requiere el pago de la multa.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que el propietario de un vehículo tiene interés jurídico para impugnar una boleta de infracción, aun cuando la sanción se imponga al conductor, si sus datos aparecen en el documento. La Sala consideró que la autoridad demandada no fundó debidamente su competencia, ya que invocó una ley abrogada y, posteriormente, la ley vigente no le otorgaba facultades para emitir la sanción. Por lo anterior, se declaró la nulidad lisa y llana de la boleta de infracción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.