Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito· tema sin holding extraído
EN LA MATERIA, REVOCA, NIEGA Y SIN MATERIA. Artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve y regla 2.3.19 de la sexta resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil dieciocho. Las disposiciones jurídicas reclamadas, contrario a lo señalado por el A quo, son de naturaleza autoaplicativa porque desde el comienzo de su vigencia vinculan a la parte quejosa a su cumplimiento. En virtud de lo anterior, una vez que se desestiman las causales de improcedencia invocadas por las autoridades responsables, se aborda el estudio de los conceptos de violación vertidos en el líbelo inicial, mismos que se califican inoperantes, en atención a que sobre el tema propuesto existe criterio obligatorio para este órgano colegiado de control constitucional.
Expediente
351/2019
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Rogelio Alberto Montoya Rodríguez
Fecha
12 nov 2020
Materia
administrativa
Sentido
niega
Tema · autorreporte del tribunal
EN LA MATERIA, REVOCA, NIEGA Y SIN MATERIA. Artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve y regla 2.3.19 de la sexta resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para dos mil dieciocho. Las disposiciones jurídicas reclamadas, contrario a lo señalado por el A quo, son de naturaleza autoaplicativa porque desde el comienzo de su vigencia vinculan a la parte quejosa a su cumplimiento. En virtud de lo anterior, una vez que se desestiman las causales de improcedencia invocadas por las autoridades responsables, se aborda el estudio de los conceptos de violación vertidos en el líbelo inicial, mismos que se califican inoperantes, en atención a que sobre el tema propuesto existe criterio obligatorio para este órgano colegiado de control constitucional.
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