La presentación de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta por el ejercicio fiscal de 2005, vía Internet, constituye el primer acto de aplicación de la tarifa actualizada publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 2006, para efectos del cómputo del plazo de la caducidad.
El presente asunto versa sobre la determinación del primer acto de aplicación de una tarifa actualizada, en el contexto de un juicio de nulidad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza si la presentación de la declaración anual del ISR por el ejercicio fiscal de 2005, realizada por los contribuyentes vía Internet, constituye dicho primer acto de aplicación. El Tribunal determinó que sí, al considerar que la Administración Tributaria, al calcular y determinar el impuesto, ejerce su potestad de imperio, actualizando la tarifa en un acto autoritario.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.