InvestigaciónDocumento
En línea
30/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

La cancelación de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) fuera del ejercicio en que se emiten, al no prever un plazo perentorio para su efecto, genera incertidumbre en la determinación de la base impositiva y en la recaudación de contribuciones, lo cual contraviene el interés social y las disposiciones de orden público.

Expediente
30/2025
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
18 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La cancelación de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) fuera del ejercicio en que se emiten, al no prever un plazo perentorio para su efecto, genera incertidumbre en la determinación de la base impositiva y en la recaudación de contribuciones, lo cual contraviene el interés social y las disposiciones de orden público.

Resumen

La contradicción de criterios analizó la procedencia de la suspensión provisional para cancelar CFDI fuera del ejercicio fiscal. El Décimo Tercer Tribunal Colegiado negó la suspensión, argumentando que la falta de plazo genera incertidumbre fiscal y perjudica el interés social. En contraste, el Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado concedió la suspensión, considerando que no se afecta el interés social y que la autoridad fiscal mantiene sus facultades de comprobación. El Pleno Regional determinó que la falta de un plazo definido para la cancelación de CFDI genera incertidumbre en la base impositiva y la recaudación, contraviniendo el interés social y el orden público.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.