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59/2024ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La expedición de permisos para la construcción y remodelación de pozos destinados a la extracción de hidrocarburos, así como el cobro de derechos por ello, es una facultad exclusiva de la Federación, y los legisladores locales carecen de competencia para regularla.

Expediente
59/2024
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
9 jun 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La expedición de permisos para la construcción y remodelación de pozos destinados a la extracción de hidrocarburos, así como el cobro de derechos por ello, es una facultad exclusiva de la Federación, y los legisladores locales carecen de competencia para regularla.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal contra el Estado de Coahuila. El actor impugnó el artículo 17, fracciones XXII y XXIII, de la Ley de Ingresos del Municipio de Frontera, Coahuila, que establecía el cobro de derechos por la expedición de permisos para la construcción y remodelación de pozos para la extracción de hidrocarburos. La Corte determinó que la regulación y explotación de hidrocarburos son materia reservada a la Federación, conforme a los artículos 25, 27 y 73, fracción X, de la Constitución Federal. Por lo tanto, la norma impugnada invade la esfera competencial federal, declarándola inválida.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.